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viernes, 1 de enero de 2010

Junta de accionistas según la página oficial

APROBADAS LAS CUENTAS POR MAYORÍA EN LA JUNTA Y CONTESTADAS TODAS LAS PREGUNTAS

En la Junta General de Accionistas del Real Betis Balompié celebrada en el día de ayer en el Hotel Silken Al-Andalus quedaron aprobadas por mayoría todas las cuentas y propuestas del Consejo de Administración. El presidente de la entidad, D. José León, y los consejeros D. Ángel Martín y D. Jaime Rodríguez Sacristán fueron los encargados de enumerar en la sala los puntos del orden del día, realizar el balance de cuentas y de ofrecer una a una las respuestas a cada una de las preguntas solicitadas por los accionistas. El Consejo de Administración dio contestación a todas las cuestiones con rigor y de forma extensa. Para lamentar, la predisposición y actitud de provocación que un grupo de accionistas mostró durante el desarrollo de la Junta y que a la postre orginaría un enfrentamiento entre béticos.

A continuación mostramos las 18 respuestas a las 18 preguntas formuladas por los grupos de oposición, cuestiones que fueron enviadas al club el último día de plazo y a última hora, el pasado 22 de diciembre.

Pregunta nº1. Punto primero.

La información incluida respecto al inmovilizado intangible en la memoria de las cuentas anuales del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. es la requerida por el Plan General de Contabilidad. Esas partidas comprenden la suma de los importes correspondientes a cada jugador, que se encuentran adecuadamente soportados y han sido verificados por el auditor.

El proporcionar un detalle mayor sobre el coste de cada jugador no podría si no traer perjuicios económicos al REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. ante una posible negociación de venta de algún miembro de la plantilla deportiva ya que se trata de una información muy confidencial y es obvio que propia ser utilizada en perjuicio de la entidad y un posible comprador podría establecer como precio de referencia de la adquisición de un jugador del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. el importe abonado por esta entidad en la adquisición de dicho jugador limitando el margen de negociación a importes superiores.

Por las razones expuestas, al no existir obligación legal de hacerlo, no se contiene mayor detalle en las cuentas anuales sobre el coste y amortización de cada jugador y no considera adecuado hacerlo a la Plataforma de Sindicación de la Asociación POR NUESTRO BETIS ya que no existe la menor duda de que, en caso de hacerlo, dicha información se haría pública de forma inmediata en perjuicio del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. Por lo que al respecto se invoca igualmente el art.º112.3 de L.S.A.


Pregunta nº2. Punto primero.

El REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., es titular de las cuentas corrientes y depósitos siguientes a la fecha de cierre del ejercicio:

No ha existido en el ejercicio 2008/2009, depósitos en PATRIMONIAL REAL BETIS S.L.U, RADIO REAL BETIS, S.L.U, CENTENARIO REAL BETIS, S.L.U.

CUENTAS A NOMBRE DEL R.B.B, S.A.D. CTAS. CONTRATO DEPOSITO


LA CAIXA IMPORTE LA CAIXA Nº CONTRATO IMPORTE

2100.2299.35.02XXXXXXX0 162.205,62 2100.2299.35.02XXXXXXX0 2299-03-988-80 5.833.333,00
9649 41 0028373 30 12.405.899,63
2100.2299.33.02XXXXXXX8 0,00
2100.2299.30.02XXXXXXX5 0,00

BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO

0049.0606.11.22XXXXXXX2 0,00
0049.0606.19.23XXXXXXX2 0,00
0049.0606.16.26XXXXXXX5 10,31


CUENTAS A NOMBRE DE PATRINOMIAL R.B.,

LA CAIXA IMPORTE

2100.2299.39.02XXXXXXX3 0,00
2100.2299.37.02XXXXXXX8 1.146.511,92
2100.2299.34.02XXXXXXX0 735,00


BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO

0049.0606.18.24XXXXXXX1 183.468,62
0049.0606.11.23XXXXXXX1 0,00
0049.0606.14.26XXXXXXX7 1.549.150,12


CUENTAS A NOMBRE RADIO R.B.B.

LA CAIXA IMPORTE

2100.2299.32.02XXXXXXX1 -3.786,87


CUENTAS A NOMBRE CENTENARIO R.B.B.

LA CAIXA IMPORTE

2100.2299.31.02XXXXXXX7 53,64


Pregunta nº3. Punto primero.

La sociedad “PATRIMONIAL REAL BETIS, S.L.U, es una sociedad unipersonal perteneciente al REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., constituida ante el notario de Sevilla D. Ángel del Pozo Espada el 02/11/2006 con el número de protocolo 1.944, con un capital social de //3.010,00.-€//, al objeto de “ la Sociedad tiene por objeto la adquisición, tenencia, administración, arrendamiento, disfrute y disposición de todo tipo de bienes, inmuebles, valores, acciones y cualquier otro tipo de derechos u obligaciones” . Es una sociedad filial utilizada para gestión de la tesorería del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. La relaciones entre el REAL BETIS BALOMPIÉ S.A.D. y PATRIMONIAL REAL BETIS, S.L.U. son estrictamente bilaterales y cerradas y PATRIMONIAL REAL BETIS, S.L.U. desempeña un papel meramente instrumental en la gestión de la financiación de su propietaria el REAL BETIS BALOMPIÉ SAD. Se ha completado tres ejercicios económicos, el primero desde 02/11/2006 a 30/06/07 con un resultado negativo de //17.535,84.-€//, y el segundo desde 01/07/2007 a 30/06/08 con un resultado negativo de //135.694,88.-€//, el tercero 01/07/08 a 30/06/09 con un resultado negativo de // 219.905,81.-€// por gastos financieros originados en dicha sociedad sin que la misma tenga ningún otro tipo de gastos ni de personal, ni de suministros, ni de comunicaciones, etc.

Al 30 de junio 2009, la deuda de PATRIMONIAL REAL BETIS, S.L.U., con el REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., es de //3.249.961,08.-€//, manteniendo PATRIMONIAL REAL BETIS, S.L.U. una tesorería en bancos cuentas corrientes de //2,879.865,67.- €//.

En lo que se refiere a los saldos deudores, al 30.6.2009, de RADIO BETIS, S.L.U. por importe de //167.483,24.-€//, y CENTENARIO REAL BETIS, S.L.U. por importe de //55.792,71.-€// dicho saldo se corresponden con déficit de tesorería de dichas sociedades suplidas transitoriamente por el REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.

Pregunta nº4. Punto primero.

Detalle de operaciones de riesgo financiero con garantías directas e indirectas del Consejero Delegado del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.

Operaciones en la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona “La Caixa”, detallándose a continuación , las cantidades dispuestas al 30 de junio 2009, de las líneas de avales, préstamos, líneas descuento papel comercial y leasing.

Póliza de línea de avales.

Importe //13.204.175,74.-Euros//, avalada por Técnica y Garantía del Deporte, S.A., Encaje del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A., Ruiz Lopera, S.A. y Frigimueble, S.A.

Póliza de Crédito para cobertura de riesgos comerciales. Negociación de letras de cambio y otros efectos:

Importe //3.750.000,00.-Euros//, avalada por Técnica y Garantía del Deporte, S.A., Encaje del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A., Ruiz Lopera, S.A. y Frigimueble, S.A.

Préstamo.

Importe //2.279.384,09.-Euros//, avalado por Encaje del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A. y Frigimueble, S.A.

Leasing mobiliario.

Importe //328.448,67.-Euros//, avalado por Encaje del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A. y Frigimueble, S.A.

Leasing mobiliario.

Importe //206.332,03.-Euros//, avalado por Encaje del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A. y Frigimueble, S.A.

Póliza de Crédito para cobertura de riesgos comerciales. Negociación de letras de cambio y otros efectos:

Importe //1.250.000.-Euros//, titular de la misma Encaje del Deporte, S.A, con uso exclusivo de papel del Real Betis Balompié, S.A.D. avalada por Técnica y Garantía del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A., Ruiz Lopera, S.A., Frigimueble, S.A y D. Manuel Ruiz de Lopera y Avalo.

Póliza de línea de avales.

Importe //2.981.662,16.-Euros//, titular de la misma Encaje del Deporte, S..A, con uso exclusivo de avales a favor del Real Betis Balompié, S.A.D. avalada por Técnica y Garantía del Deporte, S.A., Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A., Ruiz Lopera, S.A., Frigimueble, S.A y D. Manuel Ruiz de Lopera y Avalo.

Póliza línea de avales.
Importe //2.920.492,34.-Euros//, titular de la misma Encaje del Deporte, S..A, con uso exclusivo de avales a favor del Real Betis Balompié, S.A.D. avalada por, Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A., Ruiz Lopera, S.A., Frigimueble, S.A y D. Manuel Ruiz de Lopera y Avalo.

Líneas de riesgo.
Importe // 3.091.392,48.- Euros//, avalada por, Familia Ruiz Avalo, S.A., Inmobiliaria del Centro Colon Sevillano, S.A., Ruiz Lopera, S.A., Frigimueble, S.A , D. Manuel Ruiz de Lopera y Avalo, Técnica y Garantía del Deporte, S.A y Encaje del Deporte, S..A, D.Manuel Ruiz de Lopera avala en su particular al REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., en las operaciones de adquisición de derechos federativos de jugadores, siguientes:

S.L. Benfica //3.750.000.-€//; Real Zaragoza club de Fútbol, s.a.d. //7.857.142,88.-€//; Liverpool F.C. //500.000.-€// Total //12.107.142,90.-€//

Los avales prestados a terceros por //12.081.594,93.-€//. Están a favor de: a) Agencia Tributaria //3.363.896,73.-€// a largo plazo, //6.467698,20.-€// a corto plazo, por aplazamientos concedidos por cuotas de i.r.p.f e i.v.a. b), Toulose C.F, //750.000.-€// a largo plazo, //1.500.000.-€// a corto plazo, por la adquisición de la derechos federativos del jugador Emana.

Los motivos de constitución de garantía hipotecaria ante la Hacienda Publica y pignoración derechos federativos de los jugadores, esta profusamente detallado en la nota 10 de la memoria (pag.33-34-35-36-37)Todos los avales presentados son precisos y necesarios para la gestión de la sociedad.

Pregunta nº5. Punto primero.

La factura emitida por el REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., a cargo de ENCADESA de fecha 31.7.2008, nº 7E, por cesión del anticipo de SOGECABLE, //11.600.000.-€// (I.V.A. Incluido), está recogida en el documento de liquidación entre las entidades REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. y ENCADESA de fecha 11.11.2008, y liquidada de acuerdo al mencionado documento.Figura en el balance del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., como anticipos recibidos a largo plazo.

Pregunta nº 6. Punto primero.El alcance del trabajo de los auditores no es responsabilidad del Consejo de Administración del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. Trasladada la pregunta al socio de Garrido Auditores firmante del informe de auditoria del ejercicio 2008/2009 Julio César Calvo, éste nos remite a la Resolución de 19 de enero de 1991, del Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, por la que se publican las Normas Técnicas de Auditoria en su punto 2.5.21. que refieren expresamente que “las pruebas substantivas tienen como objeto obtener evidencia de auditoria relacionada con la integridad, exactitud y validez de la información financiera auditada. Consisten en las pruebas de transacciones y saldos, así como en las técnicas deexamen analítico”.


Pregunta nº7. Punto primero.

La liquidación entre REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. y ENCADESA y TEGASA se ha practicado, una vez realizadas las correspondientes auditorias del ejercicio 2007/2008, el pasado día 11 de noviembre de 2008, con efectos a 1 de julio de 2008, de acuerdo, como ya es sabido, con lo que habían pactado dichas entidades el 31 de agosto de 2007. Como consecuencia de la liquidación, ENCADESA abona REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. la cantidad de //11.752.240,29.-€//, que satisface de la siguiente manera:

a) //5.000.000.-€//, mediante pagaré nº 6491.285-1 con vencimiento al 18 de noviembre 2008, ingresado en cuenta corriente del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. en “La Caixa”nº 0200xxxxxx.


b) //2.966.843,67.-€//, mediante pagaré nº 6.491.286-2 con vencimiento al 11 de febrero de 2009. Junto a este pagaré se libra otro, nº 6.491.289-5 por importe de //38.272,28.-€//, por el que ENCADESA abona a REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. los intereses del aplazamiento, calculados al tipo del 5,458%, ingresados en cuenta corriente del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. en “La Caixa”nº 02000xxxxx.

c) //2.966.843,67.-€//, mediante pagaré nº 6.491.288-4 con vencimiento al 11 de mayo de 2009. Igualmente junto con este pagaré se libra otro, nº 6.491.289-5 por importe de 77.879,64 euros, por el que ENCADESA abona a REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. los intereses del aplazamiento, calculados al tipo del 5,458%, ingresados en cuenta corriente del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. en “La Caixa”nº 02000xxxxx.

d) El importe residual restante, mediante diversos efectos, con vencimiento entre el 27 de octubre de 2008 y el 29 de junio de 2009, que ya estaban librados a la fecha de la liquidación y que se dejan en vigor, y que han sido todos hechos efectivos.

En cuanto a la liquidación entre el REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. y TEGASA, REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.SAD resulta deudor de TEGASA en la cantidad de //452.088,98.-€//, que satisface de la siguiente manera:

a) //226.044,49.-€//, mediante pagaré nº 6.xxxxx con vencimiento al 11 de febrero de 2009. REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. no abona a TEGASA intereses por este aplazamiento.

b) //226.044,49.-€//, mediante pagaré nº 6.464.xxxxx con vencimiento al 11 de mayo de 2009. REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. tampoco abona a TEGASA intereses por este otro aplazamiento.El REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., al día de la fecha, es deudor de ENCADESA, en la cantidad de //1.091.392,48.-€//, de acuerdo al apartado segundo 1º d) del documento 11.11.2008.

Pregunta nº8. Punto primero.

Respecto a la no dotación a la provisión de las actas de inspección, sin entrar en detalles farragosos de las mismas se puede, con objeto de simplificar, dividir éstas en dos grupos:1. Actas de inspección recurridas con recurso ganado en primera instancia judicial. Estas actas alcanzan un importe aproximado de 6 millones de euros.2. Actas recurridas pendientes de resolución. Alcanzan un importe aproximado de 13 millones de euros. Las actuaciones inspectoras en estas actas han prescrito, por tanto no procede la repercusión de importe alguno por las mismas al REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. La resolución a la discrepancia de estas actas está pendiente de resolución existiendo por parte del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. y de sus asesores fiscales plena certeza de la resolución favorable de los recursos interpuestos.Respecto a las actas por 6 millones de euros el consejo de Administración del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., tras elevar consulta al respecto a sus auditores, no considera contabilizar como pérdida unas actas con recursos ganados, algunos de ellos con sentencia firme pendiente de ser ejecutada.

Respecto a las actas de 13 millones, cuya contabilización ha sido también consultada a los auditores, tampoco se considera que se deba imputar la pérdida por las mismas por existir una acreditada certeza de que los recursos interpuestos serán resueltos favorablemente al REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D.

A los efectos de la contabilización conviene matizar que el nuevo Plan General de Contabilidad elimina la prevalencia del principio de prudencia y establece la prevalencia del fondo sobre la forma. De acuerdo a estos dos hechos nuevos dentro del marco contable, el Consejo de Administración ve refrendada su contabilización de las actas de inspección detalladas en la memoria y no considera adecuado contabilizar pérdidas por dichas actas de inspección.


Pregunta nº9. Punto primero.

Se ha producido la puesta de manifiesto del expediente de inspección por parte inspector actuario a los asesores fiscales que representan al REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. ante la inspección, no estimando los asesores contingencias significativas derivadas de dicha inspección.

Pregunta nº10. Punto primero.

La publicación de la información solicitada, en dicha pregunta, en los genéricos términos planteados, sin justificación alguna, y que afectan a terceros, perjudica intereses sociales y a la confidencialidad de terceros, por lo que de acuerdo al art.112. del L.S.A., no procede contestación en los términos formulados, quedando a disposición en aquellos caso que se ajuste a derecho.


Pregunta nº11. Punto primero.

Aplazamientos a largo plazo concedidos //3.583.240,65.-€//, vencimientos de julio 2010 a abril 2011.

Aplazamientos a corto plazo concedidos //6.624.279,72.-€// vencimientos de julio 2009 a junio 2010.

Devengos de cuotas. I.R.PF, correspondiente a la prima anual 2008/2009, //8.675.330,16.-€//, periodo devengo julio 2009 a junio 2010.

Por I.V.A y otros conceptos tributarios exigibles a corto plazo. //1.992.891,37.-€//.

Pregunta nº12. Punto primero.

Con anterioridad al ejercicio actual los contratos de imagen, que se firmaban con las sociedades de los jugadores, suponían un importe del 40 o 50% de la percepciones totales del jugador. En el ejercicio 2008/2009 todos los contratos de imagen se han formalizado con el REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., ajustándose al porcentaje 85% (retribuciones contrato trabajo) y 15% (contrato de imagen) para aplicar la normativa fiscal de no integración de la totalidad de las retribuciones en la renta del jugador.En lo que se refiere a explicar el concepto de primas y bonificación por importe de //22.513.263,18.-€//, hemos de indicarle que, el importe de //21.570.774,67.-€//, corresponde a la “prima de contrato” de jugadores y técnicos de la temporada 2008/2009, este concepto de “prima de contrato” , esta recogido en los contratos de trabajos de los jugadores y técnicos y son consideradas como retribuciones fijas, y en ningún momento tienen consideración como primas por logros deportivos.Por el concepto de primas por partidos se devengaron a lo largo de la temporada a técnicos y jugadores la cantidad de //942.488,51.-€//.

Pregunta nº13. Punto primero

Independientemente del hecho de que la pregunta es más un ataque al Consejo de Administración que una pregunta en sí, consideramos adecuado aclarar que la situación económica, del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. no es lo mala que la oposición intenta difundir. Es pública y notoria la dificultad económica que afrontan todos los clubes de fútbol profesionales y así se pone de manifiesto, por ejemplo, en el informe Las finanzas del Top 10+1 del Fútbol europeo realizado por el profesor titular de Economía Financiera y Contabilidad de la Facultad de Economía de la Universidad de Barcelona, José María Gay de Liébana.Según publicó el diario económico Cinco Días el 23/12/2009, dicho informe revela que los fondos propios de los clubes de la élite europea ascienden a 674,4 millones, su pasivo a largo plazo es de 1.834 millones y su pasivo a corto plazo de 2.530 millones. Por tanto la ratio fondos propios entre el total del pasivo y fondos propios de los grandes clubes europeos es del 13,39%.Si analizamos dicha ratio en el REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. en el ejercicio 2008/2009 es resultado es del 18,90%, esto es un 5,51% mejor que la media de los grandes de Europa.Por otro lado, si vemos los estados financieros del 2008/2009 de clubes de reconocida solvencia en el fútbol español tales como el Real Madrid C.F. o el F.C. Barcelona, el patrimonio neto de los mismos es de 195,8 y 20,8 millones de euros respectivamente.El patrimonio contable del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D. asciende a 25,4 millones de euros.

Con el análisis de la ratio fondos propios entre el total del pasivo y la cifra de patrimonio contable del REAL BETIS BALOMPIÉ, S.A.D., analizados ambos de forma comparativa con otros clubes de referencia, sobran ulteriores comentarios sobre las afirmaciones catastrofistas en lo económico que se intentan hacer para intentar distorsionar la realidad económica de la entidad bética


Pregunta nº1. Punto segundo

Se corresponde con las previsiones de gastos de esta temporada en base a la plantilla confeccionada con reducción sustancial por salida de jugadores de contratos elevados.


Pregunta nº2. Punto segundo

En base a las enajenaciones ya realizadas y las previsibles, en bases a las ofertas existentes de jugadores de la plantilla.

Pregunta nº3. Punto segundo

En una Entidad Deportiva la confección de los presupuestos de ingresos y gastos responde en gran medida a criterios sometidos a variables que anticipadamente son imposible de prever con toda exactitud. No obstante las fluctuaciones a que hacen referencia de un 15% aproximadamente entra dentro de los parámetros normales que esta S.A.D. puede asumir.

Pregunta nº1. Punto tres.

Los consejeros cesados por previa dimisión

han sido D. Gregorio Conejo Muñoz de Toro y D. Diego García León.

Los consejeros entrantes han sido D. José María Blanco Chía y D. Ángel Martín Vega. También se propondrá el nombramiento como consejero de D. Francisco Nuchera Cejudo.Todos ellos cumplen con los requisitos legales para asumir dicha responsabilidad.

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